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Protección al consumidor

RÉGIMEN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR LEY 1480 DE 2011
OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN

El presente régimen tiene por objeto establecer los principios reglas que rigen la protección de los Consumidores en las relaciones entre éstos y TEQUENDAMA HOTELES.

CONSUMIDOR:
Es todo cliente, usuario o cliente potencial de las entidades vigiladas.

PRODUCTOS Y SERVICIOS
Se entiende por productos las ventas del restaurante, minibares, servicio el alojamiento y la presentación de las áreas húmedas.

PRINCIPIOS:
Se establecen como principios orientadores que rigen las relaciones entre los consumidores y el Tequendama Hoteles, los siguientes:

DEBIDA DILIGENCIA:
Debida diligencia en el ofrecimiento de sus productos o en la presentación de sus servicios a los consumidores, a fin de que éstos reciban la información y/o la atención debida y respetuosa en desarrollo de las relaciones que establezca.

LIBERTAD DE ELECCIÓN:
Los consumidores podrá escoger libremente los servicios o productos que ofrece en Tequendama Hoteles.

TRANSPARENCIA E INFROMACION CIERTA, SUFICIENTE Y OPORTUNA:
Tequendama Hoteles suministrar a los consumidores información cierta, suficiente, clara y oportuna.

RESPONSABILIDAD TEQUENDAMA HOTELES EN EL TRAMITE DE QUEJAS:
Atender eficiente y debidamente en los plazos y condiciones previstos en la regulación vigente las quejas o reclamos interpuestos por los consumidores.

MANEJO ADECUADO DE LOS CONFLICTOS DE INTERESES:
Tequendama Hoteles administrará los conflictos que surjan en desarrollo de su actividad, entre sus propios interés y los de los consumidores.

DERECHO DE LOS CONSUMIDORES EN TEQUENDAMA HOTELES
  • Derecho a recibir productos de calidad; Recibir el producto de conformidad con las condiciones que establece la garantía legal, las que ese ofrezca, las que ofrezcan y las habituales del mercado.
  • Derecho a la seguridad e indemnidad: Derecho a que los productos no causen daño en condiciones normales de uso y a la protección contra las consecuencias nocivas para la salud, la vida o la integridad de los consumidores.
  • Derecho a recibir información: Obtener información completa, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea respecto de los productos que se ofrezcan o se pongan en circulación, asi como sobre los riegos que puedan derivarse de su consumo o utilización, los mecanismos de protección de sus derechos y las formas de ejercerlos.
  • Derechos a la reclamación; Reclamar directamente ante el productor, proveedor o prestador y obtener reparación integral, oportuna y adecuada de todos los daños sufridos, así como tener acceso a las autoridades judiciales o administrativas para el mismo propósito, en los términos de la presente ley. Las reclamaciones podrán efectuarse personalmente o mediante representante o apoderado.
  • Derecho a la igualdad: Ser tratados equitativamente y de manera no discriminatoria.
  • Productos y servicios con estándares de seguridad y calidad, de acuerdo con las condiciones ofrecidas.
  • Tener a su disposición publicidad e información transparente, clara, veraz, oportuna y verificable, sobre las características propias de los productos o servicios ofrecidos y/o suministrados.
  • Exigir la debida diligencia en la prestación del servicio por parte de Tequendama Hoteles.
  • Presentar de manera respetuosa consultas, peticiones, solicitudes, quejas o reclamos ante el defensor del consumidor.
SISTEMA DE ATENCIÓN AL CONSUMIDOR
  • Implementar las políticas, procedimientos y controles adoptados por la entidad para procurar la debida protección del consumidor y que propicien un ambiente de atención y respeto para el mismo.
  • Atender las obligaciones y los derechos de los consumidores.
  • Establecer los mecanismos para suministrar adecuada en los términos previstos en la ley.
  • Establecer los procedimientos para la atención de peticiones, quejas o reclamos.
DEFENSORIA DEL CONSUMIDOR

Tequendama Hoteles cuenta con el defensor del consumidor. Para ello se nombró correo ecommerce@tequendamahoteles.com orientado a la protección especial de los consumidores y como tal, deberá ejercer con autonomía e independencia las siguientes funciones:
  • Atender de manera oportuna y efectiva a los consumidores.
  • Conocer y resolver en forma objetiva y gratuita para los consumidores, las quejas que estos le presenten, dentro de los términos y el procedimiento que se establezca para tal fin, relativas a un posible incumplimiento de la empresa, contractuales o procedimientos internos que rigen la ejecución de los servicios o productos que ofrecen o prestan, o respeto de calidad de los mismos.
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